Categorías de alojamiento y sus definiciones
Categorías promocionales
Paradores
Los Paradores es un programa característico de la CTPR compuesto por instalaciones de alojamiento que representan la historia, la cultura, la idiosincrasia y la hospitalidad de Puerto Rico fuera del área metropolitana de San Juan. Los albergues acogidos a este programa cuentan con un mínimo de siete (7) y un máximo de setenta y cinco (75) habitaciones.
Posadas
Marca y programa del CTPR que busca promover el desarrollo de una red de pequeños y medianos hosteleros urbanos, temáticos, sostenibles y de alta calidad. Las posadas se ubican en los centros urbanos tradicionales de los pueblos y cuentan con un mínimo de siete (7) y un máximo de cincuenta (50) habitaciones. El objetivo de una Posada es brindar a los turistas una experiencia de la cultura, la historia y la arquitectura del entorno urbano donde se ubica, al mismo tiempo que se crea una sinergia para revitalizar económicamente los antiguos centros urbanos.
Categorías Especiales
Resort
Un hotel o complejo turístico que como parte de su oferta cuenta con restaurante(s), espacios abiertos y jardines, áreas comerciales, áreas para actividades grupales o de convenciones, variedad de actividades deportivas y recreativas tales como deportes acuáticos y ecuestres y golf, actividades para niños, piscinas y demás amenidades y servicios para satisfacer las necesidades de sus huéspedes dentro de dicho complejo.
Time Sharing
Se define como el derecho, real o personal, de usar y ocupar uno o más alojamientos de forma periódica durante un período determinado y otras condiciones.
Proyecto Residencial/Turístico
Un proyecto de desarrollo de uso mixto que combina usos residenciales con actividades de alojamiento como:
1) Condo – Hotel
2) Bed & Breakfast
3) Un proyecto residencial o administración de rentas en Puerto Rico dentro de un plan maestro de desarrollo turístico mayor que incluya al menos un hotel o villas turísticas.
Las actividades de hostelería y turismo deberán constituir el componente principal del desarrollo y estos elementos serán los únicos considerados para el incentivo y/o fomento turístico. El Concepto Residencial – Turístico es un tipo de desarrollo y no un tipo de hostelería.
Categorías de Turismo Sostenible
Cualquier forma de alojamiento que cumpla y opere bajo los requisitos de las Directrices de Diseño y Operación para Instalaciones de Ecoturismo y Turismo Sostenible y la certificación de Alojamiento Verde emitida por la División de Turismo Sostenible de PRTC. Para obtener más información sobre el turismo sostenible, haga clic en el botón a continuación.
Hospederías con un mínimo de tres (3) habitaciones ubicadas en un sitio donde se desarrolle una actividad agrícola certificada por el Departamento de Agricultura de Puerto Rico, que brinden una experiencia agrícola en combinación con el servicio de hospedaje. Puede operar bajo cualquiera de las modalidades de hospedaje reconocidas por CTPR (bed & breakfast, guest house, villas turísticas, hotel) siempre y cuando cumpla con los requisitos de un proyecto agroturístico definido en el Reglamento de Agro-Hospedaje, y certificado bajo el Programa de Alojamiento Verde de la CTPR.
Categorías Estándar de Hostelería
Bed & Breakfast (B&B)
Una hostería residencial – turística reconocida por su ambiente familiar. Tendrá entre tres (3) y seis (6) habitaciones.
Guest House
Cualquier edificio, o parte del mismo, o grupo de edificios con un inventario mínimo de siete (7) cuartos y un máximo de veinticinco (25) cuartos, aprobado por la Compañía, dedicado a brindar alojamiento para huéspedes de paso pagados. La propiedad debe cumplir con los requisitos establecidos por la Compañía.
Turismo Villas
Cualquier edificio para el cual sus unidades proporcionen una cocina, sala de estar, baño y al menos un (1) dormitorio. Deberá tener por lo menos siete (7) unidades y brindar a su huésped los servicios de una instalación de hospitalidad.
Hotel
Cualquier edificio, o parte del mismo, o grupo de edificios con un inventario mínimo de quince (15) cuartos aprobados por la Compañía de Turismo de Puerto Rico, dedicado a proveer servicios de hospedaje principalmente a huéspedes transeúntes de pago. La propiedad debe cumplir con los requisitos establecidos por la Compañía.
Condo-Hotel
Todas las unidades de un edificio o grupo de edificios convertidos al régimen de propiedad horizontal o al régimen de Condo-hoteles, que cumplan con los requisitos de un hotel; en el que no menos de quince (15) habitaciones o apartamentos se dedican durante todo el año al alojamiento de turistas mediante un programa integrado de alquiler.
Otras Categorías
- Estudios
- Apartmentos
- Casas
- Villas
- Otras propiedades de alquiler a corto plazo (menos de 90 días consecutivos)
- Inclusión en la lista de registro de alojamiento de las páginas web oficiales de la Compañía de Turismo de Puerto Rico.
- Expedición de un Certificado de Registro que valida los alojamientos registrados en la División Room Tax.
- Coordinación de talleres educativos en toda la Isla.
Formulario de registro de encargados de la posada